lunes, marzo 02, 2020

Feminicidios

Fuente: google.com


Por Rogelio Rìos Herràn

En la mañana del sábado 8 de febrero, Ingrid, una joven mexicana de 25 años, tuvo una discusión con su pareja Erick Francisco, de 45 años, que fue subiendo de tono en un departamento al norte de la CDMX.

Las cosas se salieron de control, hubo gritos y golpes, Erick Francisco, arrebatado y enfurecido, tomó un cuchillo y degollò a Ingrid. 

No se detuvo ahí: la desollò y mutilò algunas partes de su cuerpo, echando al drenaje algunos de sus restos; no terminaba de hacerlo cuando la Policìa llegó al lugar, alertada por los vecinos, y lo arrestò, cubierto el torso desnudo por la sangre de Ingrid.

No obstante la indignación general ante este nuevo asesinato de una mujer, el lunes 10 de febrero se presentó Alejandro Gertz, Fiscal General de la República, en la conferencia matutina del Presidente Lòpez Obrador, a defender su propuesta de eliminar el delito de feminicidio y volver a considerar el asesinato de mujeres como un homicidio con agravantes.

El Fiscal argumentò que el objetivo de su propuesta es facilitar la identificación del delito, pues actualmente, en su opinión, los requisitos para fincar una acusación de feminicidio son muchos y obstaculizan la labor de las autoridades.

De esa manera, alega Gertz, se atacarìa con más eficiencia el fenómeno del feminicidio y no afectarìa, en su particular opinión, la “visibilidad” del fenòmeno.

Todo se reduce, en la òptica del Fiscal, a una cuestión de técnica legal, de reclasificar un delito y eliminar un concepto -feminicidio- que se presta a confusiones.  

Lo que olvida el Fiscal Gertz es que no se puede hablar de feminicidios en México, debatir sobre si la definición legal del delito es adecuada o no y enfocar la discusión a una cuestión de modificar el Código Penal, si se olvida que el problema de los feminicidios, como el de otro tipo de delitos, es la incapacidad de procurar y administrar justicia en México.

No importa cómo se le llame a la violencia contra las mujeres, a los asesinatos que reflejan un crecimiento explosivo en las estadísticas, si es el aparato de justicia del Estado mexicano el que falla y no logra cumplir su cometido.

Homicidio o feminicidio, el cambio en la redacción en el Código Penal no va a incidir en la incapacidad de las autoridades federales y del fuero común mexicanas de prevenir y castigar los asesinatos de mujeres.

Contra las mejores pràcticas internacionales, recomendaciones de organismos de derechos humanos, resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), etcétera, el Fiscal persiste en su empeño de eliminar la denominación “feminicidio” para reintegrar el delito a su nicho original de homicidio.

El momento no podrìa ser más políticamente incorrecto para él. No midiò Gertz, o simplemente ni siquiera lo percibe, el sentimiento público de solidaridad femenina que hizo ebullición el año pasado con la campaña “El Violador Eres Tú”.

No se trata de que el Fiscal, en lo personal, simpatice o no con las organizaciones de mujeres o con los grupos feministas; lo que no puede hacer un funcionario de su estatura es no darse por enterado de una corriente mundial de solidaridad femenina como la que se vive hoy.

Se trata precisamente de visibilizar los asesinatos de mujeres, de hacer del “feminicidio” un concepto clave que ayude a resaltar el problema, no a esconderlo detrás de otras denominaciones tradicionales que no funcionaron.

Mientras se emplean el tiempo y los recursos de la Fiscalìa General de la República en la cruzada conceptual del Fiscal Gertz contra la figura del “feminicidio”, los muchos Erick Francisco de México se siguen dando vuelo con la violencia y los ataques mortales contra las mujeres.

En 2009, la CIDH emitió una sentencia en el caso “Campo Algodonero”, a raíz de la muerte de tres mujeres en Ciudad Juárez en 2001, en contra del Estado mexicano al considerar que había sido omiso e ineficiente para evitar e investigar la muerte de las tres mujeres.

En ese entonces no se había incorporado el feminicidio en el Código Penal Federal (se hizo en 2012) y se investigaba como homicidio, con resultados nulos.

¿Tendràn las mujeres mexicanas que acudir, en el 2020, de nuevo ante la CIDH?


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